El RD-Ley 20/2012, de 13 de julio (I)

Publicado por: Gaspar Díaz Pedrero. Categoría(s): Sin Categorías .

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Siguiendo con el resumen del RD-Ley, paso a enumerar las medias que nos afectan en el ámbito de la Seguridad Social. Estas son las siguientes: - Supresión de las bonificaciones a las contratación. Se suprime el derecho de las empresas a la aplicación de las bonificaciones por contratación, mantenimiento del empleo o fomento del autoempleo, en las cuotas a la Seguridad Social y, en su caso, cuotas de recaudación conjunta que se estén aplicando a la entrada en vigor de este RD-Ley. Dicha supresión será de aplicación a las bonificaciones en las cuotas  devengadas a partir del mes siguiente a la entrada en vigor del RD-Ley. Es decir, con efectos de las bonificaciones que se viniesen aplicando en la cotización del mes de agosto de 2012. No obstante esta supresión no es plena. Se mantienen las siguientes: . Bonificaciones aprobadas en la última reforma laboral de 2012 . Bonificaciones vinculadas a los contratos concertados con discapacitados . Bonificaciones vinculadas a los contratos concertados con personas víctimas de la violencia de género . Bonificaciones vinculadas a los contratos de interinidad por sustitución de maternidades y situaciones análogas. - Se igualan los recargos por retrasos en el abono de las cuotas a la Seguridad Social hasta fijarlos en el 20 % de la deuda. - Se establecerá una cuantía / porcentaje máximo exento de cotización para todos los conceptos que expresamente no proceda cotizar y que se determinará reglamentariamente. - A la espera de su correspondiente desarrollo, la rebaja de las cotizaciones sociales (tipos de cotización) en los ejercicios 2013 y 2014. - Se prevé el incremento en un 1% de las bases mínimas de cotización a la SS de los trabajadores autónomos. Espero vuestros comentarios al respecto y por supuesto me pongo a vuestra disposición para resolver cualquier cuestión.