Recaudo por Delito Fiscal y te penalizo por Delito de Blanqueo de Capitales

Publicado por: Javier Muñoz. Categoría(s): Empresas .

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Como si de una broma se tratase,  el pasado día 28 de diciembre, el día de los inocentes, se publico en el BOE la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social.

Pero lejos de tratarse de una broma, la importancia de las medidas adoptadas es tal que  ha dado respuesta a muchos de los debates doctrinales del momento. Por citar los más relevantes, mencionaré los siguientes:

- La Administración no paralizará el cobro de la cuota presuntamente defraudada por el inicio del procedimiento penal

- Se amplía el plazo de prescripción a 10 años, al elevarse las penas a 6 años - La ejecución de la pena de multa y de la responsabilidad civil se llevará a cabo por la Administración por el procedimiento de apremio

- Finalmente la regularización fiscal aparece como excusa absolutoria y no como un elemento más del tipo Respecto de este último punto, el Gobierno ha modificado el anteproyecto que presento en el mes de julio y ha seguido la línea del Proyecto de Ley que publicó en septiembre.

La consecuencia de entender la regularización como elemento del tipo, y no como excusa absolutoria, es que si se lleva a cabo dicha regularización,  no se dan todos los elementos del tipo y por tanto el delito fiscal no ha existido.

Parece que el Gobierno no se quiere cerrar la puerta de castigar esos hechos por otras vías, me estoy refiriendo al delito del Blanqueo de Capitales. Me explico, el delito fiscal puede ser delito previo del blanqueo de capitales (301 cp) y de ahí la importancia de considerar la regularización fiscal como elemento del tipo o excusa absolutoria.

Si no es un elemento del tipo, el delito previo no se da. Sí por el contrario es una excusa absolutoria, el delito fiscal ha existido y por tanto puede ser delito previo del de blanqueo de capitales.

De esta manera, una vez que el defraudador haya regularizado su situación fiscal, podrá ser denunciado por un delito de blanqueo de capitales. En próximos post, hablaré de este delito que tantos y tan buenos resultados esta dando.